Seguro de vida: ¿A quién nombro de beneficiario? | UNIVISTA INSURANCE

Seguro de vida: ¿A quién nombro de beneficiario?

Seguro de vida: ¿A quién nombro de beneficiario? El motivo de tener un seguro de vida es aliviar la situación financiera de los seres queridos que nos sobrevivan, sobre todo a aquellos que dependen de nuestros ingresos, como hijos y cónyuge.
No obstante, no siempre nombrar al beneficiario es sencillo. En el caso de las parejas casadas y con descendencia, lo más común es que se nombre como beneficiario al cónyuge ya que este se encargará de proteger a los hijos. Si existe el temor que la pareja también pueda fallecer, entonces también es necesario nombrar además un beneficiario designado. Puede ser un padrino, un abuelo de los niños o un tío.
La cosa cambia si la pareja no tiene descendencia. Lo típico es que se nombre beneficiario al cónyuge y como beneficiario contingente, el padre del fallecido, un hermano o una organización sin ánimo de lucro.
Por su parte, los padres solteros suelen nombrar como beneficiarios a sus hijos. Solo hay que prestar atención a un aspecto clave, las compañías de seguro no pueden distribuir el dinero a menores de edad. Si se desea que el niño disfrute del beneficio financiero durante su minoría de edad, es necesario designar un beneficiario en calidad de custodio legal, una persona de su confianza y además al propio menor como beneficiario.
Es importante entender que se puede nombrar a cuantos beneficiarios usted desee. Solo que el beneficio por fallecimiento se dividiría proporcionalmente.
Por otra parte, es recomendable informar a los beneficiarios sobre la existencia del seguro de vida y que ellos tendrán derecho a los beneficios por fallecimiento. También debe compartirle el nombre y la ubicación de la compañía de seguro, así como los datos de la póliza. Tenga en cuenta que una vez que parta, no puede corregir los cabos que deje sueltos. Seguro de vida: ¿A quién nombro de beneficiario?

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