La mayor preocupación de un progenitor es garantizar el bienestar de su hijo. Por ello, un seguro de vida que garantice la estabilidad financiera de la familia resulta tan atractivo. Pero, ¿qué sucede si se nombra a un menor como beneficiario del seguro de vida y el padre fallece antes de que el hijo alcance la mayoría de edad? Como decía mi abuela, “el diablo está en los detalles”.
Las leyes de Florida no permiten que un menor reciba directamente el beneficio de fallecimiento de un seguro de vida. En la mayoría de los casos, el tribunal de sucesiones de Florida nombra a un tutor para que administre el dinero y lo utilice en beneficio del menor, algo que podría generar cierta suspicacia. Además, el proceso legal para nombrar al tutor suele ser costoso y lleva tiempo, lo que significa que el menor podría carecer de los recursos financieros del beneficio de fallecimiento durante ese periodo.
Dependiendo de la situación, podría ser una buena idea designar a su cónyuge como beneficiario para asegurar que cuente con los fondos necesarios para cuidar y educar a su hijo menor de edad.
Existen otras opciones más sofisticadas, como nombrar a un custodio que administre los fondos a través de una cuenta UTMA (Ley Uniforme de Transferencias a Menores) hasta que el hijo alcance la mayoría de edad. En ese momento, los fondos pasarían a manos del beneficiario. Sin embargo, tenga en cuenta que los fondos en la cuenta UTMA están a nombre del menor, lo que podría afectar negativamente su elegibilidad para ayudas financieras o becas.
En resumen, considere todos estos aspectos antes de nombrar a su hijo menor de edad como beneficiario de su seguro de vida.
Si tiene dudas, converse con un especialista de Univista Insurance.
¡Llámanos hoy para una completa calificación! 305-985-4126. También puedes cotizar gratis aquí.